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El decreto sobre el personal de mantenimiento de edificios públicos de la región de Quebec

El decreto sobre el personal de mantenimiento de edificios públicos de la región de Quebec deriva de un convenio colectivo celebrado entre la Asociación de Empresarios de Servicios de Limpieza de Edificios de Quebec y la Unión de Empleados de Servicios, Sección local 800.

El Gobierno aprobó extender dicho convenio a todos los empleadores y empleados del sector de los servicios de limpieza en gran parte de la provincia.

Al igual que cualquier convenio colectivo, el decreto establece las condiciones laborales mínimas que un empleador debe garantizar a sus empleados. De esta manera, contribuye a reducir la competencia desleal, ya que no permite pagar salarios ni otorgar condiciones laborales inferiores a las previstas en el propio decreto.

Las cláusulas del decreto son de orden público y, por lo tanto, no se pueden infringir, a menos que se quiera acordar una remuneración más alta.

Descargar el decreto

Decreto sobre el Personal de Mantenimiento de Edificios Públicos de la Región de Quebec capítulo D-2, r. 16

Ley sobre los Decretos de Convenio Colectivo (capítulo D-2, a. 2 y 6)

P , de acuerdo con la Ley sobre los Decretos de Convenio Colectivo (capítulo D-2), las partes contratantes mencionadas a continuación presentaron al ministro del Trabajo, Mano de obra y Seguridad de la Renta una petición al efecto de hacer obligatorio el convenio colectivo de trabajo producido entre: por una parte: La Corporación de Empresarios en Mantenimiento de Quebec, y, por otra parte:

El Sindicato de Empleados de Servicio, sección local 800; para empleadores y asalariados de los empleos contemplados según las condiciones descritas en la Gaceta oficial del Quebec del 28 de septiembre de 1968

Secciones más
consultadas

4.00

Horas Extraordinarias y Remuneración Mínima

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5.00

Salarios

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7.00

Vacaciones Anuales Pagadas

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Secciones
secundarias

6.00

Días No Trabajados Y Pagados

Días No Trabajados Y Pagados - Consulter le décret

8.00

Licencias por Enfermedad, Accidente, Obligaciones Familiares y Razones Personales

Licencias por Enfermedad, Accidente, Obligaciones Familiares y Razones Personales - Consulter le décret

9.00

Descansos y Licencias de Diversa Indole

Descansos y Licencias de Diversa Indole - Consulter le décret

11.00

Aviso de Cesación de Empleo o de Despido Temporal

Aviso de Cesación de Empleo o de Despido Temporal - Consulter le décret

12.1.00

Disposiciones Diversas

Disposiciones Diversas - Consulter le décret

Regiones
atendidas

Région 01

Région 02

Région 03

Région 04

Région 05

Région 08

Région 09

Région 10

Région 11

Région 12

Région 17

Anexo del Editor
Complemento Informativo

1

2

Capítulo D-2

Ley sobre los Decretos
de Convenio Colectivo

À jour au 30 novembre 2024
Ce document a valeur officielle

Articles 2 à 8

Extension juridique

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Articles 9 à 15

Effets du décret

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Articles 16 à 25

Le Comité paritaire: ses droits, privilèges et obligations

Le Comité paritaire: ses droits, privilèges et obligations - Consulter le décret

Articles 25.1 à 26

Vérification et enquête

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Article 26.1

Mesures correctives

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Articles 26.2 à 27

Administration provisoire

Administration provisoire - Consulter le décret

Articles 28 à 28.1

Exercice des réclamations

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Article 28.2

Frais, droits, honoraires exigibles

Frais, droits, honoraires exigibles - Consulter le décret

Articles 29 à 39.1

Dispositions générales et pénales

Dispositions générales et pénales - Consulter le décret

Articles 40 à 42

La preuve

La preuve - Consulter le décret

Articles 43 à 54

Procédure

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